LA LUZ DE BALLABRIGA.

LA LUZ DE  BALLABRIGA.
Antonio; Conde Yndiano de Ballabriga

miércoles, 6 de marzo de 2013

Lama de Góngora “ Ídolo de la Juventud española”.





El joven torero “ Lama de Góngora “, toreo en Olivenza y volvió a escribir otra gran pagina para historia de toreo .



Los toros se quedan dormido en su capote ,un capote de dulzura que embeleza a estos bravos y nobles anímales.




La Muleta de “Lama de Góngora” , cuando  llega la faena se para el tiempo , temple mucho temple ¡ torear no es hacer pasar al toro¡ torear es un arte , torear es un sentimiento , torear es poesía , torear es humildad , torear es respeto por tu adversario, torear es ilusión , torear es amor a la vida , torear es alegría , así es “Lama de Góngora”.

El origen de Olivenza remonta a mediados del siglo XIII y en la labor repobladora de la Orden del Temple, que se instaló en el territorio oliventino tras la conquista de Badajoz en 1230 por Alfonso IX de León.
Posteriormente, durante la regencia de María de Molina en el trono de Castilla, Dionisio I de Portugal firmó el Tratado de Alcañices de 1297, que fijó la frontera entre Castilla y Portugal y la soberanía de la ciudad, que pasó al rey portugués.
 En 1801, y en el contexto de la alianza militar francoespañola surgida del primer Tratado de San Ildefonso, Olivenza fue conquistada por el ejército francoespañol durante la Guerra de las Naranjas y formalmente anexionada el 6 de junio de 1801 mediante el correspondiente Tratado de Badajoz.
En los decenios siguientes, Portugal reclamó la restitución de Olivenza a su soberanía al amparo de lo estipulado en el Congreso de Viena de 1815, progresivamente renunció a toda reclamación por vía oficial, si bien desde diversos sectores de la opinión pública lusitana agrupados en torno a grupos del denominado "movimiento irredentista", se fomentó la pervivencia de la controversia con frecuencia, mediante una visión propagandística de los hechos amparada en el tradicional distanciamiento entre ambos países, intentando aunque sin éxito obligar a la diplomacia portuguesa a retomar la cuestión de la retrocesión. Portugal y España han firmado mientras tanto diversos Tratados y expresamente, en el artículo 2º del Tratado de Amistad y Cooperación de 1977, las partes contratantes "reafirman la inviolabilidad de sus fronteras comunes y la integridad de sus territorios". Desde 1986, el proceso de integración en la Unión Europea a la que pertenecen ambos países ha relegado esta antigua disputa territorial a un ámbito menor en las relaciones bilaterales.

Olivenza en el Reino de León

El origen de Olivenza está ligado a la definitiva reconquista de Badajoz por el último rey de León, Alfonso IX, en la primavera del año 1230. Para recompensar la participación que los templarios a su servicio tuvieron en esa campaña, Alfonso IX les concedió los enclaves de Burguillos y Alconchel.
 Desde estos puntos, hacia el año 1256, la Orden creó la encomienda de Olivenza, por entonces apenas un conjunto de huertos, chozas y algunas casas surgidas alrededor de un generoso manantial. Sin embargo, durante el reinado de Alfonso X el Sabio, el Temple es forzado a desalojar Olivenza y a entregar sus tierras al Concejo y Obispado de Badajoz.

Monumentos

Iglesias parroquiales católicas bajo las advocaciones de Santa María Magdalena y de Santa María del Castillo, en la Archidiócesis de Mérida-Badajoz.[12]
  • Ciudadela Medieval y Alcázar.
  • Iglesia de Santa María del Castillo.
  • Fachada de las Casas Consistoriales.
  • Iglesia Parroquial de la Magdalena.
  • Santa Casa de la Misericordia.
  • Convento de Clarisas o San Juan de Dios.
  • Fortificaciones abaluartadas.
Puerta del Calvario
El alcázar o castillo de Olivenza conserva gruesas murallas del siglo XIV, sin almenas. Las torres conservan sus matacanes. La torre del homenaje, construida por orden de Juan II de Portugal mide 36 m de altura y 18 m de lado y tiene tres pisos, de los que destaca la decoración del último. Se accede a ella por diecisiete rampas con cubierta de bóveda.
La puerta de Alconchel y la puerta de los Ángeles están enmarcadas por dos torreones circulares y presenta un vano de medio punto abovedado, sin aparecer elementos decorativos. Está protegido por el decreto de 22 de abril de 1949 y la Ley 16/1985 sobre el Patrimonio Histórico Español. Cierra la ciudadela medieval las puertas del Duque de Cadaval y la de San Sebastián, reconstruida en 2006.
A día de hoy engloba y acoge el Museo Etnográfico González Santana, llamado así en honor de su creador Francisco González Santana. Acoge una espectacular recreación de diferentes actividades de la vida en la comarca de Olivenza en los primeros años del siglo XX.
El 1 de mayo de 1808, el príncipe regente portugués Juan (posteriormente Juan VI) publica en Río de Janeiro, entonces capital de Portugal y de Brasil, un manifiesto en el que repudia el Tratado de Badajoz. Durante la Guerra de la Independencia, en 1811, Olivenza fue ocupada por contingentes lusobritánicos al mando de Lord Charles Beresford. Aunque los portugueses pretendían quedarse con la plaza, a requerimiento del general Castaños, lord Wellington devolvió la ciudad a las autoridades españolas.
Terminada la guerra y vencido Napoleón se firmó el Tratado de París por el que los tratados firmados en Badajoz y en Madrid en 1801 y la Convención firmada en Lisboa en 1804, quedan anulados y sin ningún efecto, en lo que se refiere a Portugal y a Francia sin hacer referencia a los acuerdos firmados con España.
En 1815 se celebró el congreso de Viena y Portugal volvió a exigir la anulación del Tratado de Badajoz y la devolución de Olivenza, algo que finalmente se contempló en el artículo 105 del Acta Final de dicho congreso, en el que se aconseja que a través de la mediación internacional la devolución de Olivenza a Portugal, sin plantearlo como deber ineludible (Reconociendo las potencias la justicia de las reclamaciones formuladas por Su Alteza Real, el Príncipe Regente de Portugal, respecto a la ciudad de Olivenza y demás territorios cedidos a España por el Tratado de Badajoz de 1801,[...], se obligan formalmente a emplear, por medios amistosos, sus más eficaces esfuerzos a fin de procurar la retrocesión de los dichos territorios a favor de Portugal. Y las potencias declaran que en tanto cuanto de ellas dependa este arreglo se hará lo antes posible).
 La única potencia que hubiera podido apoyar en firme la reclamación portuguesa –Inglaterra– estaba precisamente interesada en que esta devolución nunca se llevase a cabo. La paz de Amiens (octubre de 1801) había sancionado no sólo la conquista española de Olivenza a Portugal, sino también la conquista inglesa de la isla de Trinidad a España. Portugal se dio por satisfecha en sus exigencias al reconocerse la justicia de la reclamación planteada y España firmó igualmente el Tratado de Viena, al que había acudido como una de las potencias vencedoras –al igual que Portugal–, porque éste no comprometía la devolución aunque reconociese la justicia de las reclamaciones portuguesas.

En 1821, Portugal ocupa la Provincia Oriental, actual Uruguay, desde Brasil. Este hecho provocó que se rompiesen las conversaciones sobre la devolución de Olivenza. España exigió a Portugal la devolución de la Provincia Oriental para continuarlas, pero entonces Brasil se independizó impidiendo que se cumpliesen estos acuerdos.


El artículo citado del Tratado de Viena carecía para España de fuerza legal suficiente para obligarla a que devolviera Olivenza. Sin embargo, Portugal continuó utilizando este argumento. Cuando Portugal y España decidieron en 1864 la demarcación de su frontera común, al llegar a la desembocadura del río Caya en el Guadiana, la Comisión Mixta de Límites se vio obligada a interrumpir sus trabajos por la negativa portuguesa a reconocer la soberanía española en el territorio de Olivenza. Dichos trabajos se reanudarían en 1926, pero por debajo de Olivenza, a partir de la desembocadura del arroyo de Cuncos en el Guadiana.
En la actualidad, Portugal no plantea abiertamente la reclamación de Olivenza, pero tampoco renuncia a su reclamación.[cita requerida]. Algunas fuentes[cita requerida] indican que "Olivença" sería uno de los territorios a los que se refiere el artículo 5-A de la Constitución de la República Portuguesa (Portugal abrange o território históricamente definido no continente europeu e os arquipélagos dos Açores e da Madeira.[13] ) En 1995, las autoridades portuguesas enviaron a las españolas un informe sobre el impacto que se esperaba que el proyectado Embalse de Alqueva tuviese sobre territorio español. En dicho informe no se recogían los efectos en el territorio de Olivenza. Una semana después, enviaron un nuevo informe que sí incluía a este municipio, pero con el título de «Territorio de España y de Olivenza», lo que evitaría reconocer que Olivenza sea territorio español. Las instituciones portuguesas utilizan mapas del país que no incluyen a la localidad reclamada.

Postura española


Olivenza es una posesión legalmente española en virtud del Artº III del Tratado de Badajoz del 6 de junio de 1801 que puso fin a la denominada Guerra de las Naranjas. Dicho tratado no ha sido positivamente anulado ni derogado por ningún otro de igual rango o naturaleza. No existe fundamento alguno de Derecho que determine para España la obligatoriedad de la devolución de Olivenza a Portugal. En el supuesto de que Portugal plantease la reclamación de Olivenza ante el Tribunal Europeo de Justicia o el Tribunal Internacional de La Haya, el caso sería considerado como "no justiciable", ya que no corresponde a la ciencia jurídica examinar el fondo moral de acontecimientos históricos".

Desde la muerte del Duque de Palmela en 1840, Portugal no ha vuelto a reclamar a España ni oficial ni extraoficialmente la entrega de Olivenza. Todos los tratados suscritos entre España y Portugal con posterioridad al Congreso de Viena consagran como la primera de sus obligaciones el respeto mutuo a las fronteras establecidas. En el Artº 2 del Tratado de Amistad y Cooperación de 1977, las partes contratantes "reafirman la inviolabilidad de sus fronteras comunes y la integridad de sus territorios". La pertenencia de Portugal y España al espacio político de la Unión Europea establecido en el Tratado de Maastricht, con la consiguiente abolición de las fronteras entre los países miembros, hace del todo punto irrelevante la negativa portuguesa a reconocer formalmente en Olivenza el río Guadiana como frontera común.

La "reclamación" de Olivenza constituye una especie de tradición secular que la cancillería portuguesa mantiene de forma pasiva y en estado de latencia, en el ámbito más técnico que político de la Comisión Mixta de Límites. Mito historiográfico con hondas raíces en el subconsciente nacional portugués, a su alrededor se han articulado diversos movimientos irredentistas: Sociedade Pro-Olivença (1938), Grupo dos Amigos de Olivença (1944) y Comité Olivença Portuguesa (1988).





Aunque todos estos grupúsculos irredentistas carecen de peso político y han fracasado en su principal objetivo - obligar a la diplomacia portuguesa a retomar de forma activa la reclamación de Olivenza frente a España - despliegan no obstante una intensa labor de propaganda falseando de forma sistemática la historia de Olivenza y escamoteando su posición geográfica. El irredentismo reduce la historia de Olivenza a una mera cronología en la cual, previamente despojados de su contexto, se incluyen los hechos y textos que favorecen sus tesis. Los que la contradicen, sencillamente, se omiten.






El toreo no es una geometría caprichosa .

Y lo demuestra con evidencia la suerte suprema:
El arte de estoquear toros debe conciliar la distancia , los terrenos y el “ toque” con el temple que exige la oferta lenta del engaño y el embarque igualmente despacioso de la embestida final.

Se deberá matar en la suerte natural al toro con fijeza , o que aprieta  a tableros ; y en la suerte contraria , si busca las afueras , o si es noble , aunque tenga la querencia a tablas.

No se perfilará el torero en corto cuando el toro embista con la cara alta. Lo citará algo más lejos ,le “ tocará” con autoridad , muy adelantando el engaño y cruzará rápido , verdaderamente a vuelapié .

Únicamente al toro que mira mucho  y se vence por el derecho le tapará la cara en el cite , mientras el torero busca los bajos sin contemplaciones.

Sólo es aconsejable la suerte de recibir  después de una faena , si el toro , muy dominado , no ha perdido toda su boyantía.

La entrada a paso de banderillas  es permisible con el toro aquerenciado  en tablas  o con el desparrama descaradamente la vista.

La estocada  puede exigir dos “ toques”, uno antes del cruce , al citar al toro muy aplomado , y otro al tomar el toro la muleta , si lo hace con la cara alta y no descubre la cruz.

El temple calibra el arte del matador , pues bien mostrar con lentitud  el engaño , “ tocar “ leve o contundentemente según la prontitud de la embestida , embarcarla con suavidad al tiempo que la vista descubre la cruz , y el brazo izquierdo  retrocede la muleta  dirigiendo al toro  hacia la salida , mientras cruza con el derecho, que debe hundir  el estoque hasta las cintas.




Quiero felicitar a la corporación Municipal de olivenza por la buena organización de la Feria, a los ciudadanos de Olivenza  por su hospitalidad ,siempre dispuesto a explicarte cualquier detalle de esta hermosa localidad y por último a la empresa de la plaza de toros , he disfrutado mucho con los carteles ofrecidos este año. Felicidades a todos.


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