Antonio Pozo Indiano
La armonía social es fin y medio al mismo tiempo. De
cualquier modo, es un ideal cuya nobleza
requiere esfuerzos perseverantes fundados en la justicia. La justicia , es el supuesto previo de todo
orden.
Si no hay un justo acuerdo entre los humanos que forman una colectividad
, fallarán armonía y orden. Conviene
distinguir , sin embargo ,entre el sujeto de la justicia , que es el ser
humano tanto individual como
colectivamente considerado, del objeto
de la misma , que en cualquier caso
consiste en dar o proveer para que las necesidades humanas puedan ser
satisfechas.
Visto que las necesidades humanas sólo pueden resolverse del mejor modo
en la convivencia , y que en la convivencia encuentra siempre el hombre y las
mujeres los medios para satisfacer dichas necesidades , resulta claro por lo
demás que la armonía entre hombres y mujeres de un grupo social determinado exige igualmente la de los fines y la de los medios , y que el
acoplamiento general de todos elementos
descansa, en definitiva , en el correcto establecimiento y concordancia de una serie de factores fundamentales que , a manara de
atmósfera o clima común , envuelven y
sostienen todo esto que llamamos
realidad social.
Dichos factores son de diversos índole .
Más adelante los veremos con detalle , pero conviene
adelantar que todos ellos pueden reducirse
al del mantenimiento del
equilibrio de necesidades que ,
enraizado en el sentido espiritual de la vida de relación , ha de ser capaz de establecer un orden justo , orden que se ha de aplicar tanto a la necesidades
individuales y su satisfacción como a las necesidades colectivas.
Si quisiéramos concretar más , recordando ideas ya sabidas , veríamos
cómo en última instancia la sociabilidad depende del propio espíritu
humano , pues si el hombre busca su
perfección y pretende llegar a la
felicidad absoluta ,problema que sólo
puede solucionar a través de la vida en
sociedad , forzosamente el fundamento último de la vida
de relación se ha de basar en lo espiritual y que ha de encontrar en ello el más poderoso factor de armonía.
Como consecuencia de lo anterior , y siendo
igualmente claro que todos los hombres y mujeres tienen unos fines que alcanzar y unos derechos que los garanticen , junto a estos derechos individuales
habrán de respetarse , por lo mismo , no sólo los derechos
de los demás , sino aquellos
otros que , por ser comunes a todos , tienen el carácter de ser colectivo.
Alguien está
enfermo y siente la necesidad
imperiosa de recuperar la salud .
Sabe que existen unos medios : médicos , medicinas , y piensa , con razón
, que tiene a todos los hombres y mujeres ; pero el hecho de que la mayor parte
del tiempo de nuestra vida gocemos no puede
autorizarnos a ignorar a que otros
hombres y mujeres , en cualquiera de esos momentos , pueden ponerse enfermos y exigir
ese mismo derecho. Siendo , pues , la salud una necesidad general , el derecho a la curación es , por tanto , un derecho colectivo , como
lo es el del respeto a la vida , el de
lograr la máxima igualdad de oportunidades , y como lo es
igualmente el mantenimiento del orden público.
La armonía social será posible cuando , junto a los
derechos colectivos , se respeten igualmente
los individuales , dervivados de las
personales e intransferibles necesidades de cada hombre o mujer : Como son el trabajo , el ejercicio de determinada profesión, para el que cada
cual cuenta con una peculiar disposición , y como es la mayor o menor
necesidad de medios materiales que una
persona concreta o una familia puedan
requerir en circunstancias determinadas.
La armonía social , en fin ,ha de descansar en la
justicia . El orden social y la paz no
serían posibles sin la justicia .
Comprendemos la necesidad del orden , pero no es menos evidente que el establecimiento de un orden y su conservación serán tanto ,más fáciles cuánto más justo sea el correlativo trato de los distintos elementos que integran
la comunidad . De esta manera , la virtud
cardinal de justicia ha encontrado en la problemática social de nuestro
tiempo no sólo un lugar de preferente
atención , sí que también una
justificación plena.
Si la justicia consiste en dar a cada uno lo que es
suyo , forzosamente se ha de
admitir que la noción de justicia arranca
del sentido social de la vida humana y se concreta
en la realización de la
convivencia.
Los mismo daría decir orden justo que justicia
ordenada pues el orden y la justicia
son los dos pilares sobre los que
debe edificarse toda realización social.
La justicia se
convierte de este modo en una
fundamental exigencia social , y por eso puede afirmarse que toda justicia es social . La sociedad
se convierte en el medio específico
del que nace toda justicia , y en el lugar común donde ha de aplicarse.
Sin embargo , el concepto de justicia social es de alguna forma un concepto …¿nuevo ? …
Crestomatía : Antonio Pozo Indiano
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