Antonio Pozo Indiano
Entendido en trabajo como especifica actividad humana organizada , consideramos
ahora su alcance en importancia social .
Muchos creen que se trabaja
por castigo , y en esta ciencia
estriban ciertas razones sobre la
incomodidad y rechazamiento de tal
obligación , dicha idea es falsa.
El problema reside más bien en el cansancio o fatiga que la actividad produce , por cuya
causa lo que espontáneamente habría de resultar siempre agradable se vuelve incomodo y , como
tal , contrae las características de obligado.
Obligación social.-
Todo derecho supone un correlativo deber, y , al revés ,
todo deber exige el correlativo de un derecho . Si nosotros afirmamos frente a la sociedad el derecho al trabajo , es evidente que la
sociedad – formada evidentemente por nosotros mismos -, al necesitar del trabajo de cada uno de sus miembros y defender su derecho , correlativamente lo transmuta
en deber individual.
Existe , pues la obligación social de
trabajar . La natural dimensión social de la vida humana “ Vivir es Convivir “,
obliga a los grupos como a los individuos , a
organizar su indispensable
actividad en forma de trabajo . Por eso el ser humano ha de trabajar por y para si mismo y para los demás .
La prosperidad de las naciones , la
fortaleza del Estado , la grandeza de los pueblos en los mejores momentos de su
historia , han resultado siempre de la Solidaridad y del
Trabajo . Los ejemplos están a la
vista : pueblo trabajador es pueblo que
progresa . Los pueblos , como las personas
, capaces de crear son siempre los más
felices.
Obligaciones de la Sociedad : igualdad de oportunidades.
De manera correspondiente ,
al exigir la sociedad el trabajo de sus
miembros , se origina por parte de la
misma una serie de obligaciones .
La sociedad viene
obligada en este sentido a fomentar , en primer lugar , la
igualdad de oportunidades . las
personas no podrían cumplir con su
deber de trabajar si no encontrara la forma de hacerlo .
La salud de la sociedad y , por consiguiente , el bienestar
humano dependen en gran medida del cumplimiento de semejante obligación.
La igualdad de oportunidades implica , antes
que nada , el reconocimiento del derecho individual al trabajo
y la defensa del mismo ; pero este reconocimiento debe ser sancionado , facilitando su
satisfacción . Si la personas necesitan trabajar , y si un deber social lo exige ,necesita tener en qué .
El Estado no sólo corresponde declarar el derecho . Ha de
facilitar , además, el cumplimiento.
De la necesidad de
trabajar se sigue la oportunidad de
hacerlo . La Justicia
Social demanda que todas las personas aptas y en condiciones de trabajar gocen de igualdad de oportunidades.
La igualdad de
oportunidades significa que ninguna
persona pueda dejar de prepararse para aquel trabajo que , por su vocación y disposiciones naturales , le resulte más
adecuado . Es evidente que no todos
servimos para todo : que ser médico , abogado o mecánico simplemente , supone
unas condiciones y un gusto por ese tipo de trabajo. La patente y espectacular
incapacidad de la mayoría de las
personas en practicar una cosa tan
sencilla como es poner una
inyección podría demostrarse para la mayoría de los quehaceres humanos .
Pero siendo esto verdad , no es menos cierto que el bien común se acrecentará cuando todas y cada una de la personas puedan trabajar en aquello que podrían hacer mejor.
De ahí que al hablar de
igualdad de oportunidades , lo que la sociedad ha de hacer es
facilitar a cada persona la posibilidad
, no ya de trabajar , sino de
hacerlo en aquello que por ser más
adecuado ha de producir mayores
beneficios .
Obligación del Estado
Tan grave y urgente
es esta obligación , que la sociedad política , el Estado , como
subsidiario en la gerencia del bien común , ha de acudir allá donde la
iniciativa privada o la colectiva no saben
o no pueden o no quieren
cumplirla ; y en la actualidad el cuerpo legislativo de cada País ,
consciente del problema , viene incluyendo
entre sus disposiciones que
procuran su solución .
Junto a la igualdad de
oportunidades , los Estados han
atendido y deben atender cada vez mejor aquellas obligaciones exigidas por la Justicia Social , en lo que al trabajo se refieren .
La lista de las mismas sería muy
larga y difícilmente se podría retener en la memoria .
Basta saber que el común de todas ellas es la irrenunciable consideración
del valor del Trabajo y de la Dignidad del Trabajador.
La regulación de las relaciones
laborales a través de los reglamentos , pactos y convenios , tanto en lo que se refiere al aspecto económico como al social ; las medidas de
protección de quienes trabajan ,
disminuyendo y aún procurando la desaparición
de riesgos inherentes a muchas
e indispensables formas de
actividad (minería, pesca, construcción , etc ); el reconocimiento de la
situación y necesidades sociales y
familiares de los trabajadores , con leyes de
protección a la familia y la educación
de los hijos a través de subsidios ,
becas , etc ;la seguridad social en general por medio de los seguros obligatorios de enfermedad , de vejez , paro , los fondos
sociales extraordinarios , etc. Y junto
a estás , otras muchas posibilidades
económicas y la cultura de las personas
permitan sucesivamente atenderse.
Fotos para el recuerdo :
Unos amigos me han invitado a
visitar unos trajes diseñados por Salvador Dalí para la obra D. Juan Tenorio en
el año 1949- y otros diseñados por Pablo Ruiz Picasso diseñados para la coreografía del Sombrero de Tres Picos en el año
1965.
Desconocía esta faceta de
estos honorables pintores españoles y quede prendado .
Mi agradecimiento a mis
amigos .
Salvador Dalí
Salvador Dali
Salvador Dalí
Salvador Dalí
Pablo Ruiz Picasso
Pablo Ruiz Picasso
La prosperidad de las
naciones , la fortaleza del Estado , la grandeza de los pueblos en los mejores
momentos de su historia , han resultado siempre
de la Solidaridad
y del Trabajo .
Grupo de Empresas HACENDADO CONDE INDIANO
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